La ASFI ORDENA MEDIDAS FINANCIERAS PARA AFECTADOS POR INUNDACIONES

Abr 6, 2025

Según la normativa, los procesos deberán resolverse en un plazo máximo de 30 días calendario desde la presentación de la solicitud.

Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) emitió disposiciones especiales para que bancos y entidades financieras implementen mecanismos de alivio crediticio a favor de personas y empresas afectadas por las recientes inundaciones en el país.

La medida se enmarca en el Decreto Supremo N° 5358 que declaró Emergencia Nacional y en la Resolución N° 020 del Consejo Nacional de Autonomías.

Las entidades reguladas por ASFI quedan obligadas a evaluar individualmente cada solicitud de refinanciamiento o reprogramación de créditos, considerando las particularidades de cada caso y las perspectivas de recuperación económica de los damnificados.

Según la normativa, los procesos deberán resolverse en un plazo máximo de 30 días calendario desde la presentación de la solicitud.

Entre las facilidades contempladas destacan:

Periodos de gracia para el pago de capital e intereses

Ampliación de plazos para el cumplimiento de obligaciones

Modificación de condiciones crediticias

Mantenimiento de la categoría de riesgo del deudor (sin afectar su historial crediticio)

«Estas medidas buscan aliviar la presión financiera sobre los afectados, permitiéndoles reordenar sus obligaciones sin que esto implique un deterioro en su calificación crediticia», explicó un portavoz de ASFI.

La disposición aplica para todos los créditos vigentes al momento de declararse la emergencia.

Las entidades financieras deberán garantizar procesos transparentes, con información clara y accesible para los usuarios, además de habilitar canales de comunicación efectivos para atender consultas.

ASFI supervisará el cumplimiento estricto de estas directivas, que forman parte del paquete de medidas del Gobierno Nacional para la recuperación económica de las zonas damnificadas.

La normativa recuerda que estas disposiciones ya estaban contempladas en el Decreto Supremo N° 5241 de octubre de 2024, que establece protocolos para eventos adversos.

Las instituciones financieras deberán reportar a ASFI sobre la implementación de estas medidas en sus respectivas carteras de crédito.