La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) resolvió desestimar la recusación planteada por el delegado del expresidente Evo Morales en contra de los vocales Tahuichi Tahuichi Quispe y Dina Chuquimia, por lo que están habilitados para participar de la revisión de la resolución que rechazó el registro y las determinaciones del Congreso del MAS de Lauca Ñ.
La decisión fue asumida el 21 de noviembre por el presidente interino del TSE, Fernando Vargas, y las vocales Nancy Gutiérrez, Nelly Arista y Yajaira San Martín.
“La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral, en uso de sus atribuciones conferidas por ley resuelve: desestimar la recusación formulada por Diego Ernesto Jiménez Guachalla, delegado del partido político MAS-IPSP, contra los vocales del Tribunal Supremo Electoral, Tahuichi Tahuici Quispe y Dina Agustina Chuquimia Alvarado”, se lee en la resolución TSE-RSP-ADM N° 0369/2023.
Jiménez, exviceministro de Justicia durante el gobierno de Morales, alegó en su impugnación que los vocales “manifestaron opinión públicamente y con anterioridad al conocimiento de la causa”, en alusión al congreso de Lauca Ñ que se realizó el 3 y 4 de octubre, y que “tienen enemistad” contra el MAS.
Sin embargo, en su descargo incluido en la resolución, Chuquimia explicó que en las entrevistas que concedió sólo cumplió con su obligación de informar los alcances de la resolución del TSE del 31 de octubre, con el que se determinó, por unanimidad de sus miembros, rechazar el registro y las determinaciones del X Congreso Nacional Ordinario del partido político MAS-IPSP, porque se evidencia que Morales y otros elegios en la directiva incumplieron los requisitos establecidos en su estatuto y en la convocatoria al Congreso.
Mientras Tahuichi acusó una “intención de desprestigio en un acto de acoso laboral, discriminación y hostigamiento” de los “evitas” por su condición de “vocal indígena”.
Tomando en cuenta a ambas partes, la Sala Plena determinó que la recusación de Jiménez no cuenta “con la prueba pertinente e idónea de respaldo”.
“Consecuentemente, este tribunal llega a la convicción de que la recusación interpuesta no cumple con el artículo 353-1 del Código Procesal Civil, aplicable al caso por disposición del artículo 221 de la Ley N 026, por lo que la misma resulta manifiestamente improcedente, correspondiendo en aplicación del parágrafo IV de la misma norma, y por lo tanto corresponde desestimar dicho incidente sin más trámite”, apunta la resolución.
Ante la resolución, Wilfredo Chávez, parte del equipo jurídico de Morales, anunció que presentará un amparo constitucional “en contra de toda la sala plena que ha determinado aquello y la acción penal correspondiente porque han perdido competencia”.
Resuelta la recusación, ahora el TSE tratará el Recurso extraordinario de Revisión a la Resolución TSE-RS.ADM N°0344/2023 que rechazó el X Congreso Nacional Ordinario de la organización política MAS-IPSP, por incumplimiento de requisitos de varios de los miembros elegidos en la directiva, entre ellos Morales.
De acuerdo a la normativa, la Sala Plena del TSE tiene 15 días calendario para resolver los recursos extraordinarios de revisión, plazo que correrá desde el momento que el expediente sea radicado en la Sala Plena.
Organizaciones sociales opuesta al congreso de Lauca Ñ anunciaron que convocarán a un nuevo congreso.