La presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, promulgó la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, que exonera a procesados por delitos políticos desde 1999 pero excluye a actores de acciones armadas y graves crímenes, según el texto aprobado por unanimidad y refrendado por diversos medios.
La presidenta encargada de la República Bolivariana de Venezuela, Delcy Rodríguez, firmó este jueves 19 de febrero la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, después de que la Asamblea Nacional la aprobara por unanimidad y la remitiera para su promulgación.
La norma ofrece amnistía general y plena a personas que hayan sido procesadas o condenadas por delitos políticos ocurridos entre el 1 de enero de 1999 y el 30 de enero de 2026. Este amplio periodo abarca hechos de violencia política, protestas y detenciones vinculadas a crisis prolongadas del país, incluyendo varios ciclos de confrontación social y política.
Sin embargo, el texto de la ley contiene exclusiones explícitas: no podrán beneficiarse quienes hayan promovido, facilitado, financiado o participado en acciones armadas o de fuerza contra la población, la soberanía o la integridad territorial, ni quienes estén vinculados a delitos graves como violaciones de derechos humanos, homicidio, narcotráfico o corrupción.
Familiares de detenidos, organizaciones de derechos humanos y observadores independientes han advertido que dichas exclusiones podrían dejar fuera a un número significativo de personas encarceladas por razones políticas, manteniendo su situación de detención pese al espíritu general de la ley.
Delcy Rodríguez subrayó, al firmar el decreto, que la norma busca promover la convivencia democrática y la justicia social, solicitando además que se revise con “máxima celeridad” cualquier caso que no haya sido contemplado inicialmente en la ley para evaluar su posible inclusión en los beneficios.
La medida fue respaldada por el Parlamento chavista como un paso hacia la pacificación, mientras que críticos insisten en que su alcance real dependerá de cómo se apliquen las exclusiones y de la rapidez con la que los tribunales revisen los expedientes conforme a los criterios establecidos por la legislación.
