Tras derogar el decreto 5503, el Ejecutivo impulsa normas excepcionales para enfrentar escasez de dólares y combustibles, garantizar energía continua y reactivar producción durante un año en todo el país
El Gobierno nacional confirmó su determinación de seguir trabajando a través de decretos supremos para enfrentar la crisis energética y social que atraviesa el país. La decisión se formalizó con la aprobación del Decreto Supremo 5517, firmado por el presidente Rodrigo Paz Pereira y su gabinete, luego de la abrogación oficial del polémico Decreto 5503, publicada en la Gaceta Oficial del Estado, según los registros del Ministerio de la Presidencia.
La nueva norma declara “Emergencia Energética y Social” en todo el territorio nacional por el lapso de un año. El documento, al que este medio tuvo acceso, establece que las medidas adoptadas son de carácter excepcional, temporal e inmediato, con el objetivo de garantizar el suministro continuo de energía y combustibles, reactivar la producción nacional y contribuir a la recuperación económica del país.
Desde el Ejecutivo, en conferencia de prensa realizada en Casa Grande del Pueblo, el ministro de Hidrocarburos y Energías explicó que el decreto responde a tres factores centrales: el proceso inflacionario, la escasez de dólares y los problemas de abastecimiento de combustibles. “Estamos priorizando la estabilidad del país y la tranquilidad de la población”, afirmó la autoridad, respaldado por datos de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) sobre caídas en la importación de diésel durante los últimos meses.
Una de las medidas más relevantes autoriza a personas naturales y jurídicas privadas a importar, vender y comercializar derivados del petróleo a precio de importación o pre-terminal. Para ello, deberán contar con capacidad de almacenaje propia o alquilada y cumplir el principio de libre acceso no discriminatorio a la infraestructura del sector hidrocarburífero, tal como detalla el artículo 5 del decreto.
Asimismo, ante lo que el Gobierno califica como un “déficit extremo” en el abastecimiento, se determinó suspender temporalmente al diésel de la lista de sustancias controladas. Esta decisión elimina por un año la exigencia de Autorización Previa ante la Dirección General de Sustancias Controladas, con el propósito de asegurar el suministro oportuno para el transporte, la producción, la agroindustria y sectores estratégicos, según información confirmada por el Viceministerio de Defensa Social.
El decreto también dispone que la subpartida arancelaria correspondiente al diésel sea retirada temporalmente del Arancel Aduanero de Importaciones, medida validada por la Aduana Nacional. Esta institución, junto a la ANH y otros entes competentes, deberá adecuar sus procedimientos internos en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la publicación de la norma.
En paralelo, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías tiene un plazo de quince días hábiles para reglamentar el acceso no discriminatorio a la infraestructura del sector. Según fuentes oficiales, esta reglamentación será socializada con transportistas, productores y representantes empresariales.
