Romero argumentó que la Constitución establece que solo la ley puede limitar derechos, y criticó que el TCP haya introducido esta figura sin pasar por los procesos de reforma establecidos en el artículo 411 de la Constitución.
En respuesta al reciente fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que permite dos periodos de mandato, continuos o discontinuos, en el cargo de presidente, el exministro Carlos Romero denunció que los magistrados de la Sala Cuarta del TCP han introducido un concepto inexistente en el ordenamiento jurídico nacional e internacional, al incluir la figura de “reelección discontinua”. Romero calificó esta acción como una “puñalada a la democracia” y acusó a los magistrados de “prevaricato” por presuntamente alterar la Constitución.
El fallo, emitido en el Auto Constitucional 0083/2024, responde a la solicitud de enmienda y aclaración presentada por el diputado Juan Carlos Gutiérrez, de la bancada opositora Creemos, sobre la Sentencia Constitucional 1010/2023, la cual toma en cuenta la Opinión Consultiva OC-28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH). En esta opinión, la Corte-IDH señaló que la reelección indefinida no es un derecho autónomo protegido por convenciones internacionales.
La resolución del TCP establece que el periodo de mandato para autoridades de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial será de hasta dos periodos, sin posibilidad de un tercer mandato. Esto, según el fallo, busca evitar que una autoridad se perpetúe en el poder, limitando los mandatos: diez años para el Legislativo, doce años para el Judicial y un solo periodo para el Electoral.
Romero argumentó que la Constitución establece que solo la ley puede limitar derechos, y criticó que el TCP haya introducido esta figura sin pasar por los procesos de reforma establecidos en el artículo 411 de la Constitución. En su criterio, cualquier modificación de este tipo requeriría una Asamblea Constituyente o una ley aprobada por dos tercios en la Asamblea Legislativa. Además, denunció que el TCP emitió el fallo casi un año después de la sentencia inicial, incumpliendo el artículo 13 del Código Procesal Constitucional, que dispone un plazo de 48 horas para resolver estos recursos.
Romero calificó la actuación del TCP como un auto “ultra petita”, aludiendo a que el fallo aborda temas fuera del recurso de libre opinión solicitado. Según él, esta decisión excede el marco de competencias del Tribunal y constituye un acto de prevaricato.
