La entidad reguladora desmiente restricciones a la compraventa personal de divisas y asegura que su reglamento apunta a frenar actividades ilegales.
La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) emitió un pronunciamiento en respuesta a declaraciones difundidas en medios de comunicación, en las que se interpretaba de forma incorrecta el alcance del Reglamento para el Control de Actividades Financieras Ilegales o No Autorizadas. Según precisó la institución, esta normativa no afecta a personas que realizan transacciones ocasionales, como la compra y venta de moneda extranjera.
La norma fue aprobada mediante la Resolución ASFI N.º 681/2015 y se encuentra vigente desde el 28 de agosto de ese año. En ella se detallan los criterios técnicos y legales para determinar si una persona natural o jurídica está desarrollando actividades propias de entidades financieras sin autorización, de forma masiva y habitual.
Este reglamento se enmarca en la Ley de Servicios Financieros (Ley N.º 393), específicamente en su Artículo 486, el cual establece que ninguna persona puede ofrecer servicios financieros sin la debida licencia otorgada por la ASFI. Las actividades incluidas abarcan desde préstamos hasta captación de dinero o casas de cambio que operen como negocio sin autorización.
En junio de 2025, la institución emitió la Resolución ASFI/500/2025, la cual introdujo aclaraciones adicionales para facilitar la comprensión pública de términos sensibles. Por ejemplo, se explicaron con mayor precisión los conceptos de “Casa de Cambio sin Licencia de Funcionamiento” y “Publicidad de actividades reservadas”. No obstante, estas modificaciones no alteraron los criterios fundamentales sobre habitualidad y masividad de actividades financieras ilícitas.
La ASFI reiteró que las transacciones personales de divisas no están restringidas por esta norma, siempre que no se efectúen de forma constante y con fines de lucro comercial. Lo que se busca, aclaró, es combatir estructuras ilegales que operan sin supervisión y que pueden poner en riesgo los recursos del público.
Además, la autoridad recordó que difundir información errónea o engañosa sobre el sistema financiero nacional es una práctica sancionada por la ley. De acuerdo con la normativa vigente, si una persona propaga noticias falsas que generen incertidumbre o retiros masivos de depósitos, puede enfrentar cargos por el delito de Difusión de Información Financiera Falsa, el cual conlleva pena de cárcel.
La ASFI instó a la población a informarse por canales oficiales y reiteró su compromiso con la estabilidad del sistema financiero, el acceso equitativo a servicios bancarios y la protección de los derechos del usuario financiero frente a posibles fraudes o desinformación.
