TSE DEFINE RESTRICCIONES Y SANCIONES PARA LA JORNADA ELECTORAL DE AGOSTO

Ago 12, 2025

El Tribunal Supremo Electoral establece seis prohibiciones, cinco suspensiones y tres sanciones para preservar el orden, garantizar el voto libre y asegurar el normal desarrollo de los comicios nacionales del 17 de agosto.

En un pronunciamiento oficial, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ratificó que el domingo 17 de agosto de 2025 se celebrarán las Elecciones de Autoridades y Representantes del Estado Plurinacional. Para este fin, emitió una resolución que detalla un riguroso conjunto de medidas con el objetivo de salvaguardar la tranquilidad y transparencia del proceso.

Seis prohibiciones clave marcarán la jornada. Desde el jueves 14 de agosto, estará prohibida toda manifestación pública a favor o en contra de candidaturas. Desde el viernes 15, se restringirá totalmente la venta y consumo de alcohol hasta el día posterior a la votación. Además, el domingo 17 no se permitirá portar armas de fuego, punzocortantes o elementos peligrosos; se vetarán actos, reuniones y espectáculos públicos; quedará prohibido el traslado de electores de un recinto a otro; y se suspenderá la circulación de vehículos sin autorización oficial, exceptuando los de seguridad.

A estas restricciones se suman cinco suspensiones específicas: la circulación vehicular sin permiso; el servicio de transporte por teleférico, terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo en todo el país; los vuelos nacionales y viajes interdepartamentales; y la actividad de transporte que no cuente con autorización del TSE. Se mantienen solo los vuelos internacionales y operaciones logísticas indispensables para el proceso electoral.

El incumplimiento de estas disposiciones derivará en tres tipos de sanciones: detención temporal de conductores infractores, retención de vehículos hasta el pago de multas, y sanciones económicas directas establecidas en el Reglamento de Faltas Electorales. Todos los montos deberán ser depositados en cuentas fiscales del Órgano Electoral Plurinacional.